Propuesta de Ley de Reforma del Congreso de 2011 (enmienda de la Constitución de España):
1. El diputado será asalariado solamente durante su mandato. Y no tendrá una jubilación proveniente solamente por haber ejercido como diputado.
2. El diputado contribuirá a la Seguridad Social. Todos los diputados (pasados, presentes y futuros) que están actualmente en el fondo de jubilación del Congreso, pasarán al régimen vigente de la Seguridad Social inmediatamente. El diputado participará de los beneficios dentro del régimen de la Seguridad Social exactamente como todos los demás ciudadanos. El fondo de jubilación no puede ser usado para ninguna otra finalidad.
3. El diputado deberá pagar su propio plan de jubilación.
4. El diputado dejará de votar su propio aumento de salario.
5. El diputado dejará su seguro actual de salud y participará del mismo sistema de salud que los demás ciudadanos españoles
6. El diputado deberá cumplir las mismas leyes que el resto de los españoles
7. Servir en el Congreso es un honor, no una carrera. Los diputados deben cumplir sus mandatos (no más de 2 legislaturas), después dejar el cargo y buscar otro empleo.








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