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lavozdelciudadano - Medidas legales contra los desahucios
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Medidas legales contra los desahucios

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El banco embarga la vivienda familiar y dependiendo del precio que consiga en la subasta, el embargado sigue debiendo lo que el banco “cree oportuno” y de por vida.

Cuando las subastas quedan sin postor (Que es lo que pasa como norma) el banco se queda con la propiedad por menos del 50% de su valor. Continuando con la reclamación del resto más los intereses, comisiones y gastos bancarios generados que ellos crean oportuno (No hay nada como ponerte tú mismo los beneficios), una estafa legal eso sí pero una injusticia en toda regla.

Hoy os vamos a explicar un modelo legal para evitar que ningún banco os pueda echar de vuestra casa.

En cuanto una persona ve que le pueden embargar su casa, debe hacer un contrato de alquiler a una persona, ya sea su suegra, su hermano, incluso su propio hijo podría servir  siempre que no figure en la hipoteca,  el valor puede ser perfectamente de 1€ aunque os recomendamos poner algo más, con duración “indefinida”o de 50 años por ejemplo, después debéis al Registro de la Propiedad a registrarlo como indica la ley.

En el momento del embargo la propiedad figura en el registro de la propiedad a nombre del hipotecado pero figura como una propiedad con inquilinos.

El resultado del embargo es que la propiedad cambia de nombre y pasa a pertenecer al banco, pero mientras los inquilinos paguen el euro todos los meses al nuevo propietario (o sea el banco) no los pueden echar.

De esta manera, aunque perdamos la propiedad del piso podremos continuar viviendo pagando un precio simbólico durante años. Ya que el gobierno no da soluciones, nosotros os damos ideas.

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